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lunes, 27 de junio de 2011

¿Puede el Consejo para la Transparencia declarar inadmisibles las reposiciones?

El 8 de junio de 2011 fue publicado en el Diario Oficial un acuerdo del Consejo para la Transparencia, en el que decide declarar inadmisible los recursos de reposición que se interpongan en su contra. Esto significa que de modo general rechaza la impugnación a sus decisiones, cuando se solicita que él mismo revise lo resuelto, ante nuevos antecedentes o argumentos, pudiendo derivar en que lo resuelto sea modificado, reemplazado o dejado sin efecto.

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jueves, 17 de junio de 2010

Hacia un Quantum government


GOBIERNO CUÁNTICO Y REGULACIÓN

Incertidumbre versus certeza legal

El gobierno cuántico incorpora incertidumbre y convergencia en la gestión pública, transformando el escenario en donde actúa el Estado. Las decisiones administrativas son cada vez más complejas porque vivimos en una sociedad de riesgos, marcada por la dificultad de predecir los acontecimientos. Por ejemplo, un fenómeno externo y fuera del control de un gobierno, como un terremoto o una crisis financiera internacional, puede alterar el abastecimiento habitual de un órgano público, modificar políticas sociales o cambiar un plan de gobierno.

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sábado, 22 de mayo de 2010

Diario Oficial Gratis Ya

En El Mercurio del sábado 22 de mayo aparece una opinión de los consejeros del Consejo para la Transparencia referida al destino del Diario Oficial y la gratuidad del acceso a la documentación legal. Ello a propósito del actual debate sobre el futuro del diario "La Nación", considerando que esta empresa tiene a su cargo la edición del Diario Oficial.

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miércoles, 19 de mayo de 2010

La transparencia activa como numerus clausus

 

La Ley Nº 20.285, sobre Acceso a la Información Pública contiene dos grandes obligaciones para los órganos de la Administración: la transparencia activa y el derecho de acceso a información pública. Este último no se denomina "transparencia pasiva", no todo sigue una falacia maniquea en donde "si hay transparencia activa, la otra debe ser pasiva". Este es un derecho fundamental y así lo denomina la ley: derecho de acceso.
Sin embargo, en esta oportunidad nos referiremos a la transparencia activa, es decir, a la obligación de publicar en el sitio web institucional, un conjunto de documentos que la propia ley menciona en los artículos 6 y 7.

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