El 8 de junio de 2011 fue publicado en el
Diario Oficial un acuerdo del Consejo para la Transparencia, en el que decide declarar
inadmisible los recursos de reposición que se interpongan en su contra. Esto
significa que de modo general rechaza la impugnación a sus decisiones, cuando
se solicita que él mismo revise lo resuelto, ante nuevos antecedentes o
argumentos, pudiendo derivar en que lo resuelto sea modificado, reemplazado o
dejado sin efecto.
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